ESTARÁ AGONIZANDO LA LEY 19227/71
MERCADOS DE INTERES NACIONAL
Ley Nº 19.227
Régimen para promover y perfeccionar una red de mercados mayoristas de gravitación regional o nacional .Bs. As., 9/9/71.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina.
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
Desarrollo de la misma y firma.Art. 36. — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE. Carlos A. Rey. Pedro A. J. Gnavi. Antonio A. Di Rocco. Oscar M. Chescotta.
https://www.youtube.com/watch?v=8lUUzL86MSs reportaje a uno de los funcionarios del momento en el año 1979, plena construcción del Mercado Central, entre otras cosas se explica que se busca obtener (supuestamente) con dicha construcción. Explicación fundamentada en el espíritu de la ley.
La lectura del articulado de ésta ley denota por un lado el desconocimiento del funcionamiento de la producción y manejo de la horticultura y fruticultura, entendiendo por ello los ciclos productivos, y por otro, las necesidades de alimentación en tiempo y forma. Es como si desde la ley se quisiera forzar el desempeño social a contra natura. Y más cuando ya se habían realizado ensayos del posible funcionamiento de un control férreo de la producción, control cuyo ensayo se realizó con los mercados “Casa Amarilla” en la boca y “estación Bullrich” en Avellaneda. Ensayos que en la década de 1960 al 1969 obligaban a los productores de papas a vender sus productos en dichos mercados, Cuando ya muchos de esos productores vendían su producción en los mercados existentes en el conurbano de manera directa, sin intermediarios, a partir de esa disposición, toda la producción de papa se debía concentrar, en casa amarilla o Bullrich, y después destinada a los distintos mercados. Obvio que una vez conocido el proceso, viajaban solamente los remitos y guías, los camiones quedaban a la espera de la documentación aprobada y entonces se descargaban en los lugares de venta. En ese proceso se encarecía aún más el producto, pues obligaba al productor a realizar mayores distancias con su producto para volver al lugar donde debía ser entregada, y por ende, el comisionista de esos mercados cobraba comisión por trabajos no realizados al igual que los operadores de carga y descarga que cobraban sin haber realizado la tarea.
Al momento de firmarse la ley existían los mercados de: Abasto; Dorrego; Espinetto; Liniers; Beccar; San Martín; Morón; Avellaneda; Turdera; Quilmes, Matanza. El mercado de Caseros se construyó como la continuación del mercado de Liniers, su habilitación costó horrores en negociaciones, aunque se encuadrara en el art. 2ª de la ley, es mas todos los mercados se encuadraban bajo las premisas de ese artículo, sin embargo para que pudiera funcionar el de Caseros se habilitó como “Sala de ventas de tres de febrero” claro ya no era un mercado.
Mucho habla la ley de reglamentos, disposiciones, prohibiciones, necesidades de solicitar permiso, pero en toda la ley no figura la necesidad poblacional de llegar al alimento perecedero de forma rápida y dentro de las horas de mayor vigor de la planta cosechada.
Al promulgarse la ley, existían mercados en estado de expansión y que buscaban mejorar sus instalaciones, como ejemplo el mercado de Turdera que en ese entonces ya había adquirido un predio y tenía en curso un crédito para la construcción de 10000 ms. cuadrados de edificio con todos los adelantos técnicos de esa época. Proyecto que debió ser abortado por la firma de dicha ley, proyecto que tampoco se tuvo en cuenta como lo indica la misma ley en el art. 2º formas de acceder a un mercado de interés nacional.
SE PUEDE DECIR CON JUSTA RAZÓN QUE SE ESTÁ COMPROBANDO LA IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIMIENTO DE LA TAN POLÉMICA LEY 19227.
El espíritu que fundamentaba dicha ley, allá por los finales de la década de 1960, ha mostrado su peor cara. La cara de la ignorancia, la cara del autismo político, la cara de no escuchar con atención a los “saberes” de la experiencia, el desoír la voz de la historia que conlleva la práctica durante muchos años, sumado al desconocimiento del llamado de la naturaleza. Es como si desde donde surge la “verdad “, desde el mismo centro del “poder” se tuvieran todas las herramientas para dirigir tanto a la naturaleza como a los pueblos.
En Septiembre de 1971 se aprueba la ley. En 1984 Abre oficialmente sus puertas el Mercado Central de Buenos Aires, trece años (13) de gestación, trece años de lucha entre los representantes de los mercados existentes y los dirigentes políticos de esos años. Enfrentados por dos necesidades distintas. Una la gran necesidad de despejar del centro de buenos aires, la zona de Abasto, dado el crecimiento poblacional y la incomodidad de convivir con tanto ajetreo trasladando el mercado a un sitio más estratégico, la otra la incomprensión del porqué, con la búsqueda de una mejor ubicación para los mercados Abasto, Dorrego y Espinetto, se debían destruir el resto de los mercados ubicados en el conurbano. Estas incomprensiones ponían en duda la transparencia e intencionalidad de los funcionarios entre lo que se decía públicamente y lo realmente se ambicionaba, a punto tal que un secretario de Comercio antes de su apertura, Sr. Ricardo Campero, decía por los medios “LA MAFIA DE LOS MERCADOS NO ME VA A DOBLAR EL BRAZO”. Los mercados enfrentados con la infantería de policía terminaron sucumbiendo después de 18 días de huelga. En la contienda murieron personas, durante y después de esos acontecimientos, el más notorio fue el de don Agustín Ramos Collado quien falleciera tiempo después en la Nave 03 puesto 30 por un ACV. Al no poder recuperar su trabajo después de la perdida política.
Al día de hoy 20/04/2019 transcurridos ya 35 años de su apertura y 48 años de la promulgación, sería necesaria una discusión inteligible, buscando en las raíces tanto lo malo como lo bueno de estos años de experiencia, situar la misma problemática en su contexto actual proyectando hacia el futuro, tanto las situaciones como el avance de la cultura y los modos de alimentarse que se han modificado y se modificarán, el alimento es necesario, básico, el primer nivel de cumplimiento en la escala de Maslow, fundamental en el sector de perecederos para cumplir esa necesidad desde una alimentación saludable, buscando los parámetros de la nutracéutica y pensando en un futuro cambio físico biológico del ser humano, dado el cambio de formas tanto en el trabajo como en sus necesidades de trabajar.
Si, es posible que se esté dando fin a tan polémica ley, este fin obliga a responsables de las instituciones a reunirse con la experiencia y con los idealistas no utópicos a diseñar el futuro de nuestro sistema de producciones frutihortícolas y las maneras de llegar a su ingesta.
| 21 de Abril de 2019 | Comentario de Domingo Ramos Bravo| Especialista en Mercados Frutihortícolas